Política de Responsabilidad Corporativa

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Política de Responsabilidad Corporativa

ESYMA está comprometido a dirigir nuestro negocio en conformidad con las leyes, normas y regulaciones aplicables y con los estándares éticos.

El propósito de esta Política es reiterar nuestro compromiso con el total cumplimiento por parte de la Empresa, sus directivos y colaboradores con la legislación vigente de nuestra actividad industrial.

Para los propósitos de esta Política, un “subcontratista” o “proveedor” se define como un tercero, una entidad o individuo que entrega – y recibe pago por – servicios o bienes relacionados con cualquier aspecto de la operación de ESYMA, e incluye a los consultores y subcontratistas.

ALCANCE

Esta Política es aplicable para todos los trabajadores de ESYMA, también es aplicable a los subcontratistas y proveedores de ESYMA. El propósito de esta Política es complementar todas las leyes, reglas, y otras políticas aplicables. No es su propósito reemplazar a ninguna ley local.

CORRUPCION

La corrupción se define como el mal uso del poder para beneficio privado, o el mal uso de poder otorgado para el beneficio privado. El soborno es la oferta, promesa o pago de efectivo, regalos, o el incentivo de cualquier tipo que se ofrezca o se entregue a una persona en una posición de confianza para influenciar los puntos de vista o conducta de esa persona, o para obtener una ventaja inadecuada. El soborno y la corrupción pueden tomar varias formas incluyendo la entrega o aceptación de:

Pagos en efectivo

Trabajos o relaciones de “consultoría” falsos

Sobornos

Beneficios sociales

Regalos, viajes, hospitalidad, y reembolso de gastos

PROHIBICIONES

El personal de ESYMA tiene estrictamente prohibido ofrecer, pagar, prometer o autorizar:

Cualquier pago o cualquier otro objeto de valor;

a cualquier persona;

directa o indirectamente a través de un tercero o para un tercero;

para hacer que la persona actúe u omita actuar en violación de un deber legal; o

en beneficio de ESYMA o de cualquier persona de la organización.

(“Actividad de Pago Indebido”). Para promover el cumplimiento de las leyes anti-corrupción, y otras jurisdicciones aplicables, ningún miembro del personal de ESYMA realizará Actividad de Pago Indebido alguna que esté relacionada con funcionarios extranjeros, funcionarios locales, o con alguna persona que se encuentre realizando negocios en el sector privado.

Además, los libros y registros de ESYMA deben registrar correctamente tanto el monto como la descripción por escrito de todas las transacciones. El personal de ESYMA debe asegurar que exista una relación razonable entre una transacción y la forma como se describe en los libros y registros de la Empresa.

CODIGO DE CONDUCTA DEL EMPLEADO

El empleado cumplirá siempre con la ley.

El empleado de ESYMA se regirá por los valores de la empresa: honestidad, calidad, iniciativa y responsabilidad.

El empleado actuará en todo caso de acuerdo con la buena fe contractual.

El empleado debe evitar actividades que entren en conflicto de interés con ESYMA y está obligado a informar de cualquier conflicto de interés a su superior.

El empleado tratará con respeto a los clientes, compañeros y demás colaboradores.

La discriminación y el acoso, incluyendo el acoso sexual, son inaceptables y están prohibidos en ESYMA.

El empleado no desempeñará su trabajo bajo la influencia del alcohol o las drogas.

En caso de cualquier duda, el empleado consultará a su superior o a otro responsable.

CONFIDENCIALIDAD Y PROPIEDAD INTELECTUAL

De conformidad con la Ley 1/2019, de 20 de febrero, de Secretos Empresariales, el personal de ESYMA está comprometido a; mantener y proteger toda la información confidencial de la Empresa que incluya cualquier tipo de conocimiento (industrial, comercial, organizativo, administrativo o financiero), datos técnicos o instrucciones suministradas por parte de ESYMA; a no revelar información confidencial de la Empresa a terceros, ni utilizarla para otro propósito que no sea el establecido entre ESYMA y el cliente; y a devolver todos los documentos que contengan información confidencial de ESYMA a la finalización de los acuerdos contractuales.

Además, de acuerdo con la aprobación de la Directiva (UE) 2016/943 del Parlamento Europeo y del Consejo, de 8 de junio de 2016, relativa a la protección de los conocimientos técnicos y la información empresarial no divulgada, el personal de ESYMA se compromete a cumplir con las regulaciones/normas relativas a la propiedad industrial e intelectual resultantes de la normativa europea y recogidas en la legislación española y las regulaciones relacionadas con la Propiedad Intelectual.

CANAL ETICO

Con el fin de promover una cultura de transparencia y responsabilidad ESYMA cuenta con la implantación de un canal ético que contribuye a prevenir y corregir conductas poco éticas o ilegales dentro de la organización.

Un canal ético se define como un sistema de denuncias confidencial y anónimo que permite a los trabajadores informar sobre irregularidades relacionadas con la ética o la integridad de la empresa. Su objetivo es crear un entorno seguro donde se puedan detectar, abordar y corregir las conductas inapropiadas sin temor a represalias.

ESCALACION ETICA – DISCIPLINA

Todo trabajador que no cumpla con los términos de esta Política estará sujeto a acción disciplinaria. Todo trabajador que tenga conocimiento directo sobre potenciales incumplimientos de esta Política pero que no denuncie dichos incumplimientos potenciales a la dirección de la Empresa estará sujeto a acción disciplinaria. Todo trabajador que induzca a error u obstaculice a los investigadores que se encuentren realizando averiguaciones sobre potenciales incumplimientos de esta Política estará sujeto a acción disciplinaria. En todos los casos, la acción disciplinaria podrá incluir el término de la relación laboral. Todo agente tercero que no cumpla con los términos de esta Política, que tenga conocimiento de potenciales incumplimientos de esta Política y que no cumpla con informar a la dirección de ESYMA respecto a dichos potenciales incumplimientos, o que induzca a error u obstaculice a los investigadores que se encuentren realizando averiguaciones sobre potenciales incumplimientos de esta Política, podrá ver su contrato terminado.

INTERACCIÓN CON OTRAS POLÍTICAS CORPORATIVAS

Esta política no estará en contradicción con la política de calidad y otras políticas suscritas por la empresa.

RENUNCIA

No existen excepciones o autorización para desviarse de esta Política.

Jordi Pérez

Director

20 diciembre 2024